(REGLAMENTO DE COMISIONES DE LA GESTIÓN ACADÉMICA DE GRADO, RESOLUCIÓN 658.CP.2020)
Artículo 12. Atribuciones y responsabilidades de la Comisión de Carrera. Son atribuciones y responsabilidades de la Comisión de Carrera:
a) Proponer a las autoridades académicas de la facultad o sede las políticas de diseño y desarrollo curricular en la carrera;
b) Ejecutar los procesos de diseño y desarrollo curricular en la carrera;
c) Presentar a las autoridades académicas de la facultad o sede los proyectos de diseño, rediseño, actualización o regularización curricular de la carrera, de conformidad con las normas institucionales;
d) Perfeccionar los planes y programas de estudio acorde al perfil de la carrera;
e) Orientar los contenidos de los programas por unidades de organización curricular y asignaturas:
f) Asesorar y recomendar a la o el Decano de la facultad o a la o el Director de Sede la creación, reestructuración o supresión de carreras, a fin de que sea remitido al Consejo Politécnico;
g) Los miembros docentes de la comisión podrán deducir las actividades que ejecuten en la misma de su tiempo de jornada laboral como actividad de gestión académica; y,
h) Las demás contempladas en reglamentos y resoluciones internas.