Ing. Santiago  Israel Logroño Naranjo, MsC.

israel.logronio@espoch.edu.ec

COORDINADOR DE VINCULACIÓN

ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES (RESOLUCIÓN 114.CP.2021)
 
  1. Vincular las funciones de docencia e investigación con el medio interno y externo, en concordancia con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes para el Buen Vivir y los objetivos estratégicos institucionales;
  2. Proponer al Consejo Politécnico las políticas institucionales para el fomento de la vinculación, en concordancia a la misión, visión, fines y objetivos institucionales;
  3. Definir estrategias, planes y programas para vincular la institución con la sociedad;
  4. Monitorear y evaluar el impacto de los programas, proyectos y actividades de vinculación;
  5. Promover las relaciones interinstitucionales de la sociedad y entre las instituciones de educación superior, mediante convenios, prácticas preprofesionales, pasantías y actividades de vinculación;
  6. Coordinar, de ser necesario, la gestión, monitoreo y evaluación de convenios con entidades gubernamentales y no gubernamentales, locales y nacionales;
  7. Coordinar la difusión y promoción de la oferta académica institucional juntamente con las unidades académicas;
  8. Coordinar los servicios a la comunidad a través de las pasantías, prácticas preprofesionales relacionadas al área de conocimiento y de servicio comunitario de las facultades, carreras y sedes;
  9. Coordinar la generación de proyectos, emprendimientos y asistencia técnica orientados a solucionar problemas de la sociedad;
  10. Coordinar la planificación y ejecución de programas, proyectos y actividades de vinculación con la sociedad guiados por el personal académico de la institución;
  11. Realizar estudios y seguimiento de graduados con fines de actualización curricular en coordinación con las y los decanos de las facultades;
  12. Desarrollar programas de inserción laboral de graduados;
  13. Presentar informes de rendición de cuentas a petición de la Rectora o Rector; y,
  14. Las demás contempladas en la Constitución de la República del Ecuador, leyes, reglamentos y resoluciones normativas internas.